Ayudas colegiales COIILE


LÍNEAS DE AYUDAS

Además de los seguros de la Mutualidad y de la Póliza de accidentes, de las ayudas en cuanto al seguro de Responsabilidad Civil, actualmente el Colegio mantiene líneas de ayudas sociales, para la generalidad de los colegiados, cuyos expedientes son informadas por la Comisión de Acción Social siguiendo los criterios establecidos en Junta de Gobierno.

El incumplimiento de cualquier punto de las Bases establecidas y aprobadas faculta al COIILE para denegar la ayuda sin atender reclamaciones.

Cualquier colegiado que solicite una ayuda colegial debe tener actualizados sus datos en cuanto a ficha y resto de documentación que deba obrar en el respectivo expediente colegial. La no actualización de datos implica directamente la denegación de la ayuda correspondiente.

En la Junta de Gobierno de 27 de septiembre de 2023 se adoptó el Acuerdo 14/2023, por el que resultaron aprobados los Procedimientos de ayudas sociales del Colegio.

LAS AYUDAS SON LAS SIGUIENTES:

Condonación de Cuota a Recién Titulados.

Condonación de Cuota a Colegiados con Menores Recursos

Ayuda para Entrevistas de Trabajo a Desempleados

Ayuda para Formación a Desempleados.

Ayudas Acción Social

POR REALIZAR UN RESUMEN EXPLICATIVO, aunque figuran adjuntos los procedimientos, SE INDICA:

-UCONDONACIÓN DE CUOTA A RECIÉN TITULADOS

¿Quién puede solicitarla? Se considerarán recién titulados o los que obtuvieron su titulación en los 3 últimos años.

Descripción de la ayuda: Se condonará el 100% de la cuota colegial durante el primer año que se solicite y el 50% en el segundo año, siempre que se esté dentro de los 3 años después de la obtención de su titulación.

La solicitud y concesión de ayudas se rige por el Procedimiento de relaciones con los colegiados titulado CONDONACIÓN DE CUOTA A RECIÉN TITULADOS.

CONDONACIÓN DE CUOTA A COLEGIADOS CON MENORES RECURSOS

Conscientes de la difícil coyuntura presente para muchos de nuestros colegiados y de que está afectando sobre manera al colectivo más joven, el Colegio amplia la ayuda consistente en la condonación de la cuota colegial, para aquellos casos que demuestren que sus ingresos anuales no alcanzan el Salario Mínimo Interprofesional.

¿Quién puede solicitarla? Colegiados con ingresos inferiores o iguales al salario mínimo interprofesional y que lleven colegiados más de dos años.

Descripción de la ayuda: Condonación total de la cuota colegial, durante un máximo de dos años.

La solicitud y concesión de ayudas se rige por el Procedimiento de relaciones con los colegiados titulado CONDONACIÓN DE CUOTAS A COLEGIADOS CON MENORES RECURSOS.

Los colegiados que se consideren en estas condiciones y que deseen tal ayuda, así como los que ya la vienen disfrutando, deberán aportar la Declaración responsable trimestralmente relatando las condiciones en que se encuentra y concretando su situación laboral, estando en condiciones de aportar documentos justificativos si se le solicitan para el abono de la ayuda otorgada. En el caso de no recibirse en el Colegio esta justificación antes del día 5 del segundo mes de cada trimestre, se suspenderá la ayuda y se cargará al interesado la cuota colegial sin opción a devolución.

AYUDA PARA ENTREVISTAS DE TRABAJO A DESEMPLEADOS

1. ¿Quién puede solicitarla? Desempleados que hayan hecho una entrevista de trabajo en los tres meses anteriores a la solicitud. Sólo podrán solicitarla aquellas personas que estén colegiadas y en situación laboral de desempleo en el momento de realizar la entrevista.

2. Descripción de la ayuda: El Colegio abonará hasta el 75% de los gastos derivados de la entrevista de trabajo, con un límite por entrevista de 200 euros, y un límite anual de 400 euros.

La solicitud y concesión de ayudas se rige por el Procedimiento de relaciones con los colegiados titulado AYUDA PARA ENTREVISTAS DE TRABAJO A DESEMPLEADOS – AÑO 2014.

AYUDA PARA FORMACIÓN A DESEMPLEADOS

1. ¿Quién puede solicitarla? Colegiados desempleados que hayan realizado un curso para mejorar su formación como profesional en los doce meses anteriores a la solicitud. Sólo podrán solicitarla aquellos colegiados en situación laboral de desempleo en el momento de formalizar la solicitud.

2. Descripción de la ayuda: El Colegio pagará hasta el 75% de la matrícula, con límite de 400 euros por año, y así mismo de 400 euros por curso.

La solicitud y concesión de ayudas se rige por el Procedimiento de relaciones con los colegiados titulado AYUDAS PARA FORMACIÓN A DESEMPLEADOS – AÑO 2014. 07.

Se considerarán en situación de desempleo aquellos colegiados demandantes de empleo.

AYUDAS ACCIÓN SOCIAL

Tratándose de una ayuda basada en el concepto de solidaridad dentro de nuestro colectivo, la Junta de Gobierno ha decidido, que el alcance y cuantía de estas subvenciones se establezcan una vez recibidas las solicitudes al respecto. Los importes económicos de las ayudas se repartirán entre los dos tipos de las existentes en función de las solicitudes recibidas. Este tipo de ayuda tiene una vigencia anual y dependerá siempre de la situación económica de cada ejercicio. El importe anualmente será fijado en función de las disponibilidades económicas.

¿Quién puede solicitarla? Viudas o viudos y huérfanos de colegiados.

Descripción de la ayuda: Este concepto está orientado a establecer ayudas que permitan subvencionar, en parte, determinadas prestaciones familiares de interés para nuestro colectivo.

La solicitud y concesión de ayudas se rige por el Procedimiento de gestión económica titulado AYUDAS ACCIÓN SOCIAL.

AYUDA SOCIAL PARA SITUACIONES ESPECIALES

El Colegio no quiere quedar al margen de problemas especiales con diverso origen y se dispone a colaborar poniendo a disposición algún tipo de ayuda, siempre contando con los medios habilitados en cada momento. Excepcionalmente la Junta de Gobierno podrá establecer una ayuda social para situaciones especiales que se deberán ponderar y considerar, teniendo en cuenta que en algunos casos pueden existir colegiados en situaciones familiares especialmente difíciles. Este tipo de ayuda tiene una vigencia anual y dependerá siempre de la situación económica de cada ejercicio.

Pretendiendo que el proceso resultante para la ayuda cuente con la confidencialidad requerida por el colegiado, se realizarán las posibles peticiones expresamente al Decano mediante entrevista en la que se puedan exponer los motivos de la solicitud.

¿Quién puede solicitarla? Colegiados en situaciones familiares especialmente difíciles. Sólo podrán solicitarla aquellas personas que lleven colegiadas más de dos años.

Descripción de la ayuda: Ayuda benéfica en función de los medios habilitados en cada momento.

OTRAS

En la Junta General de diciembre de 2022 se acordó la creación de un Fondo de ayudas para colegiados, y dotarlo con 3.000,00 €.

Se aprobó también que excepcionalmente y fuera del presupuesto destinado a ayudas sociales se podrá aprobar por la Junta de Gobierno una ayuda social para situaciones especiales siempre que se encuentre debidamente fundamentada y justificada, con cargo al fondo establecido.

DECLARACIÓN RESPONSABLE

En la mayoría de las ayudas enunciadas, se requiere que el colegiado aporte documentos para demostrar su situación económica o familiar. Teniendo en cuenta las dificultades administrativas que pueden surgir en algunos casos para obtener dichos documentos, se ha creado un modelo de Declaración Responsable el cual ya es un documento recomendado y extendido desde la Directiva Europea de Servicios de 2006, con valor de declaración jurada y que a su vez encierra el compromiso por parte del declarante de tener que justificar todos los datos que en la misma confiesa cumplir, cuando así le sea requerido por el organismo de destino.

Dicha Declaración Responsable podrá ser presentada para las solicitudes de ayuda y ser considerada por el órgano que la otorgue. No obstante para el abono definitivo de la ayuda, si así es requerido, en aras a la transparencia económica en la gestión, se deben aportar los documentos justificativos de estar incluido el solicitante en las condiciones para el otorgamiento de la ayuda.


 


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