Atención a consumidores y usuarios


DISPOSICIONES GENERALES

A través de la atención a colegiados y usuarios, tanto colegiados como ciudadanos pueden tramitar sus quejas y reclamaciones así como hacer cualquier consulta o sugerencia que consideren oportuna al Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de León.

La tramitación puede efectuarse tanto de forma presencial, entregando los formularios adecuados directamente en las dependencias administrativas del colegio, como de forma telemática, con el envío a la dirección electrónica del COIILE de los citados formularios a la dirección de correo electrónico del Colegio.

coiile@coiile.es

SERVICIO DE QUEJAS Y RECLAMACIONES

El COIILE en cumplimiento de la Ley 2/1974 sobre Colegios Profesionales, modificada por la Ley 25/2009 (Ley Ómnibus), pone a disposición de todos los colegiados y ciudadanos un Servicio de atención a quejas y reclamaciones de los colegiados y de los consumidores o usuarios.

A tal efecto tiene desarrollado un Reglamento del Servicio de quejas y reclamaciones cuyo fin es regular el funcionamiento del referido Servicio así como el procedimiento para tramitar y resolver las quejas y reclamaciones que referidas a la actividad colegial o profesional de los colegiados se presenten por cualquier consumidor o usuario que contrate los servicios profesionales, así como por asociaciones y organizaciones de consumidores y usuarios en su representación o en defensa de sus intereses, y, así mismo, la forma de proceder para atender las quejas y reclamaciones de los colegiados con respecto a los servicios generales que presta el COIILE. Para mejor conocimiento de todos los procedimientos se puede observar íntegro el referido Reglamento, indicándose que las quejas y reclamaciones pueden presentarse tanto por vía telemática, como directamente en la sede colegial, cumplimentando el Formulario de Reclamación correspondiente. Si se desea hacer de forma on-line, se debe disponer de un certificado de firma electrónica de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

/uploads/COIILE Reglamento del Servicio de quejas y reclamaciones.pdf

El formulario figura adjunto al final de esta página

Se entiende que la Queja, no se fundamenta en una lesión de derechos sino en la percepción negativa de una situación, del trato recibido o del comportamiento de alguien. Se entiende por Reclamación la queja que se vehicula formalmente para pedir la reparación de una situación que la persona interesada considera injusta. Por Sugerencia se entiende una propuesta de mejora.

A través de este servicio, se resolverá sobre la queja o reclamación según proceda: bien informando sobre el sistema extrajudicial de resolución de conflictos, bien remitiendo el expediente a los órganos colegiales competentes para instruir los oportunos expedientes informativos o disciplinarios, bien archivando o bien adoptando cualquier otra decisión de su competencia, conforme a derecho.

SUGERENCIAS Y PROPUESTAS DE MEJORA

El Colegio tiene establecido un sistema para que las propuestas de sus colegiados y consumidores y usuarios, referentes a la mejora de la Calidad de los servicios prestados, sean tenidas en cuenta por la Junta de Gobierno y puestas en práctica si así se considera.

Si se quiere realizar una Sugerencia o una Propuesta de Mejora de manera presencial deberá presentar el formulario cumplimentado en las Oficinas del Colegio, acompañado de cuanta documentación estime conveniente. Si se desea realizarlo de forma on-line, se debe disponer de un certificado de firma electrónica de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, o similar.

El formulario figura adjunto al final de esta página

ESTADO DE TRAMITACIONES

Si desea consultar el estado de una tramitación y/o comunicación, por favor rellene el formulario adjunto al final de esta página y remítalo a la dirección de correo electrónico del Colegio que se indica a continuación.

DOCUMENTOS A EXPEDIR A INSTANCIAS DE PARTE

El COIILE tiene regulado un Reglamento que regula la tasa por los documentos que se expidan por el mismo a instancias de parte, y que no tengan la condición de gratuitos por no estar incluidos en los servicios normalizados que están establecidos para los colegiados, o para los usuarios que tengan derecho a la atención por el Reglamento del Servicio de quejas y reclamaciones. El origen de la tasa que se impone por la expedición de ese tipo de documentos es la actividad administrativa desarrollada con motivo de la tramitación, a instancia de parte, de toda clase de documentos que expidan o de que entiendan los distintos órganos del COIILE y se encuentren incluidos en las tarifas del presente Reglamento.

/uploads/COIILE Reglamento Regulador de la Tasa por Documentos que se expidan a instancias de parte.pdf

COIILE Reglamento Regulador de la Tasa por Documentos que se expidan a instancias de parte

El formulario figura adjunto al final de esta página


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